Jorge Mario Quinzio:
“Estamos frente a una Nueva Carta Fundamental”

                                          Por Marta Andrea Aliaga M.
Periodista

-El constitucionalista y docente de la Universidad La República, plantea además la necesidad de llamar a una nueva constituyente, elegida por el pueblo que se avoque a la tarea de redactar una nueva  Constitución.

Tras cinco años debate fueron aprobadas 58 reformas que introdujeron modificaciones a la Constitución de 1980, vigente desde el 11 de marzo de 1981. Para muchos estamos frente a una “nueva Constitución Política”.
“Yo creo que estas últimas reformas, en consideración con las anteriores, me hacen pensar y a algunos constitucionalistas también, que estamos frente a una nueva Carta Política y la del 80; ya no existe”, señala el profesor Jorge Mario Quinzio, docente de la Universidad La República.

SUS ARGUMENTOS
“En qué me apoyo para decir esto: En primer lugar, la primitiva Carta del 80 nunca rigió en Chile, la gente olvida lo que era cuando recién se gestó por un constituyente antidemocrático, ilegítimo. Efectivamente, tuvo participación el pueblo en un plebiscito que más bien fue un referéndum, pero no existía un registro electoral. De esa primitiva Constitución, rigieron prácticamente muy pocas disposiciones permanentes y las que rigieron fueron las transitorias, en las cuales existían una serie de enclaves autoritarios: Los senadores designados, un Consejo de Seguridad que era prácticamente un poder más (disposición que afortunadamente se derogó en las primeras reformas);  el famoso artículo 8º, en el que se condenaban las ideas, en el fondo se condenaba la manera de pensar de la gente. En esa primitiva Constitución se autorizaba al Presidente para disolver la Cámara de Diputados. También existía una disposición que se derogó en las primeras reformas que las Fuerzas Armadas eran obedientes sólo a sus mandos. Los alcaldes designados. De todo esto se olvidó la gente y se olvido que siguió el dictador por 8 años más.
Rigió también el fatídico artículo 24 por el que vivíamos en permanente Estado de Sitio. No se elegían las autoridades no se respetaban los Derechos Humanos”.

¿Qué queda entonces de la Constitución original?
Se ha dicho que no se ha variado en la parte humanista de la Constitución, pero es totalmente diferente y también en las garantías consagradas. Recientemente, le propuse al Presidente del Tribunal Constitucional, hacer una jornada comparativa de las diferencias con la Constitución del 25 -que se fue reformando hasta el Golpe Militar-, con las del 80. Están mucho mejor consagrados los Derechos en la del 25. Había una mayor participación del pueblo, de los grupos intermedios, se establecían mejor los derechos, por ejemplo, en el caso de los universitarios, se hablaba claramente de la libertad de cátedra.

 

HISTORIA

Señala el profesor Quizio que existen  argumentos históricos y constitucionales que sustentan la idea de estar, realmente, ante una nueva Carta Fundamental
 Lo reafirmamos al recordar que cuando se generó la Constitución de 1828 su artículo Nº 133 dispuso: “En 1836 se convocará por el Congreso una gran convención con el único y exclusivo objetivo de reformar o adicionar esta Constitución”. Sucesos que acontecieron con posterioridad dejaron sin efecto la Carta y luego esto dio origen a la Constitución sancionada el 25 de mayo de 1833 por el Presidente Joaquín Prieto bajo la fórmula de que se “ha sancionado y decretado la siguiente reforma de la Constitución Política de 1833”. Al correr los años se hicieron reformas a la Constitución de 1833 en diferentes períodos, siendo las últimas las de 1925 y por el Presidente Arturo Alessandri Palma, quien sanciona bajo su firma “las reformas a la Constitución de 1833 y sus modificaciones posteriores”. Chile se rigió desde entonces por la Constitución de 1925 dejando atrás la de 1833.

¿Se puede decir que terminó el periodo “de transición”?

Podemos decir que efectivamente terminó el periodo de transición, pero todavía falta. A mi entender debería generarse en Chile una nueva constituyente para una nueva Constitución.
Porque la del 80 fue una Constitución otorgada, no tiene un origen democrático. Estas reformas ya tienen más origen democrático mediante el constituyente derivado y democrático, porque, al fin y al cabo, el Congreso fue elegido por el pueblo.
Existe una teoría del poder constituyente con validez general en todos los regímenes políticos. La expresión surge durante la Revolución Francesa, en los escritos del abate Sieyés, aunque la doctrina puede ser considerada como un patrimonio común del pensamiento político francés de la época revolucionaria. Para que tenga valor en un estado de derecho, una Constitución debe ser la obra de la sociedad, por medio de sus legítimos representantes. Una carta política en cuanto a su forma o su establecimiento puede ser otorgada, pactada o democrática, según la mayor o menor participación del pueblo y los medios lícitos y democráticos que se deben emplear en su generación. Puede ser generada sea por el constituyente originario o uno derivado.

¿Cuál ha sido el aporte de los senadores designados?

No se puede negar que han aportado. Afortunadamente, la mayoría, especialmente los designados por la Corte Suprema, el Presidente de la República, han sido buenos Senadores, hicieron su aporte por que son gente de conocimiento, de experiencia, académicos destacados. Pero un Congreso debe ser elegido por el pueblo. Todavía tenemos hasta seis meses más a estos “lord callampa”. (En su sentido histórico)

¿Cuáles de las 58 reformas a la Constitución destacaría?

Bueno, varía el periodo presidencial, las atribuciones del Consejo de Seguridad Nacional, yo lo habría suprimido, pero ya queda como un simple colaborador del presidente de la República.
En las Fuerzas Armadas hay una variante bastante notable porque aparecían como “Garantes de la Institucionalidad”. Los garantes de la Institucionalidad somos todos, especialmente todos los órganos y los tres poderes. Las Fuerzas Armadas también, pero ¿por qué van a ser exclusivas?

El Sistema Binominal ha sido enérgicamente criticado ¿Cuál es su opinión?

Es nefasto, no es un sistema democrático, claro a algunos partidos les favorece, pero no es democrático. ¿Por qué vamos a dejar a las minorías sin representación? Lo que hay que hacer es una buena ley de partidos políticos. Porque siempre he dicho que lo que hay es una “antiley de partidos políticos”. No existe en el mundo una ley de partidos políticos perfecta.  Hay que ver dentro de los sistemas proporcionales alguno que se vaya perfeccionando a través del tiempo. Afortunadamente se sacó de la constitución es una materia de ley.
Este sistema binominal nos va a llevar a un empate, entonces cualquier gobierno que asuma va a tener que transar.

A su juicio ¿Qué faltó en materia de reformas?

No se sacó algo que se debió ser eliminado: La intervención del Senado en la designación de los miembros de la Corte Suprema  Falta quitarle al Senado ciertas atribuciones. Por otra parte, dar mayores atribuciones al Congreso Nacional para iniciativas en materias de Ley, que tengan mayor iniciativa de ley los propios parlamentarios.
También falta en relación al artículo 82 de la constitución (Atribuciones del Tribunal Constitucional), sobre el recurso de inaplicabilidad, su efecto relativo.
Habría considerado un vicepresidente de la República elegido por el pueblo como existió en la Carta en la de 1828 que serviría de coordinador entre el ejecutivo y legislativo y reemplazaría al Presidente de la República, determinándose sus atribuciones personales.
Siempre he pensado que debería existir una sola cámara y dar a las regiones mayores atribuciones que ellos designen sus congresistas y que administren una cuota mayor de sus propios recursos, disminuyendo el centralismo. Deberían crearse regiones pero estas en relación a la producción, a sus recursos, variados diferenciados en el país. No dependiendo de un solo recurso.
También la iniciativa popular, por qué se le niega al pueblo presentar sus propios proyectos. Además si elige a sus parlamentarios puede revocar su mandato si lo hacen mal.

Concluyendo. No obstante reconocer el avance ¿Su deseo sería que se elaborara una nueva Constitución de origen democrático?

Debe formarse en la opinión pública la voluntad de llamar a una nueva constituyente elegida por el pueblo que se avoque a la tarea de redactar una Constitución simple, sencilla con lo más fundamental  Concluye el profesor Quizio.

1 Jorge Mario Quizio Figueiredo, profesor titular de Derecho Constitucional Universidad La República, profesor Titular de la Universidad de Chile, docente Universidad Andrés Bello, Santiago.
Desempeñó la cátedra de Derecho Constitucional y Ciencias Políticas en las Escuelas de Derecho y Ciencias Políticas  y Administrativas de la Universidad de Chile hasta el año 1974. Cátedra de Derecho Constitucional y Ciencias Políticas en la Universidad Nacional de Panamá, en el carácter de profesor extraordinario, nombrado por decreto del Consejo Universitario. Fue embajador de Chile ante el gobierno de Panamá, en el período 1971- 1973.
Miembro de la Comisión Asesora del Ministerio de Justicia, para la Reforma Constitucional; miembro directivo del Grupo de Estudios Constitucionales. Presidente del Capítulo Chileno del Ombudsman y vicepresidente de la Asociación Iberoamericana del Ombudsman. Consejero del Colegio de Abogados de Chile.
Es profesor Emérito de la Escuela de Derecho de la Universidad La República y autor de obras de Derecho y Ciencias Políticas, entre otras: “Manual de Derecho Constitucional”; “El Federalismo en Chile”; “Proyecto para una nueva constitución Política para la República de Chile”; “Tratado de Derecho Constitucional”(2 tomos). En los próximos días se realizará el lanzamiento de su nueva obra de Derecho Político.

 
 
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